Foto en el currículum: en qué países sí y en cuáles no

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Abres la plantilla que descargaste y ahí está: un recuadro gris arriba a la derecha con la leyenda "inserte su fotografía". Un amigo que trabaja para una empresa estadounidense te dice que ni se te ocurra ponerla. Tu prima, que lleva años en selección en Medellín, te dice que un CV sin foto parece el de alguien que esconde algo. Los dos tienen razón: hablan de mercados distintos.

Las guías que sentencian "nunca pongas foto" y las que prometen que "una buena foto genera confianza" cometen el mismo error, convertir una costumbre local en regla universal. Esa regla no existe. Hay un hábito distinto en cada país y, en algunos mercados, un marco antidiscriminación que lo vuelve incómodo para quien contrata.

La respuesta corta, mercado por mercado

España: costumbre sin obligación, y un marco de datos que empuja a quitarla

La foto de carnet arriba a la derecha lleva décadas siendo lo normal en España y sigue apareciendo en casi todas las plantillas de Word gratuitas. Antes de los matices, lo obvio: ninguna norma española obliga a poner foto ni lo prohíbe. Si la pones, no incumples nada. Si la quitas, tampoco.

Lo que ha cambiado es el marco de datos. El Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) obligan a tratar solo los datos necesarios para la finalidad perseguida. Ese principio de minimización juega en tu contra y en la de la empresa a la vez: para decidir si te llama a una entrevista, nadie necesita saber qué cara tienes. Cada vez más departamentos de selección piden currículums sin fotografía, sin fecha de nacimiento y sin estado civil, para reducir su propia exposición. A eso se suman la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores, que declara nulas las decisiones empresariales discriminatorias. Tu foto no vulnera ninguna por sí sola; lo que hace es entregar gratis tu edad aproximada, tu sexo y tu origen a quien no los necesitaba.

Hay además un detalle práctico que zanja el dilema: tu foto ya está en otros sitios. El perfil de InfoJobs tiene su propio campo de fotografía, separado del CV que adjuntas, y LinkedIn la muestra a cualquiera que busque tu nombre. Europass permite añadirla, pero no la exige. Si el reclutador quiere verte, te verá. Meterla en el PDF no aporta nada y te quita la opción de reutilizar el archivo fuera de España.

México: la foto no viene del CV, viene de la solicitud de empleo

En México la costumbre tiene un origen muy físico: la solicitud de empleo en papel. El formato Minerva que se compra en cualquier papelería reserva un recuadro para pegar una fotografía tamaño infantil, y muchas empresas todavía te lo entregan en recepción. De ahí pasó al currículum por contagio.

La ley va por otro lado. El artículo 133, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo prohíbe al patrón negarse a aceptar trabajadores por origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales o estado civil. El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) lleva años señalando que las vacantes con rango de edad, sexo o exigencia de "excelente presentación" son discriminación en el acceso al empleo. Que la práctica siga siendo común no la vuelve legítima.

La regla práctica se parte por sector. En atención al público, retail, hotelería y agencias de reclutamiento tradicionales, la foto se espera y su ausencia se nota. En corporativo, tecnología, finanzas o cualquier vacante remota que reporte fuera de México, quítala. Si dudas, lee el anuncio: si pide "excelente presentación" o "fotografía reciente", ya te dijo en qué mundo estás.

Colombia: el recuadro ya viene puesto en la plantilla

Colombia es probablemente el mercado hispanohablante donde la foto está más asentada. La hoja de vida del sector privado la lleva casi por defecto, y no siempre porque el candidato lo haya decidido: los formatos que circulan en Word y en las bolsas de empleo traen el recuadro dibujado, así que dejarlo vacío parece un descuido.

Conviene separar dos normas que suelen confundirse. La Ley 931 de 2004 protege el derecho al trabajo en igualdad por razón de la edad y prohíbe exigirla como requisito para acceder a un cargo. No habla de fotografías, pero una foto comunica una edad aproximada sin que nadie la haya pedido. La Ley 1581 de 2012, de protección de datos personales, que vigila la Superintendencia de Industria y Comercio, sí alcanza tu imagen: una fotografía es un dato personal y su tratamiento necesita finalidad y autorización. En el sector público el asunto se resuelve solo: la hoja de vida se diligencia en SIGEP II, donde se evalúa información certificable.

Argentina y Chile: el portal ya te está mostrando

En Argentina la foto nunca llegó a ser tan esperada como en Colombia y hoy está en retroceso, sobre todo en tecnología y en perfiles que trabajan con clientes del exterior. Hay un motivo operativo: la búsqueda pasa por Bumeran, ZonaJobs o Computrabajo, y esos portales muestran tu foto de perfil al reclutador con independencia del archivo que subiste. Repetirla en el PDF es redundante. La Ley 23.592 sigue vigente y cubre los actos que restringen derechos por raza, religión, nacionalidad o sexo.

En Chile la foto todavía aparece con frecuencia, pero el marco legal es de los más explícitos de la región. El artículo 2 del Código del Trabajo considera actos de discriminación las ofertas de trabajo que exijan como requisito alguno de los motivos que enumera, y en esa lista está la apariencia personal, junto a la edad, el estado civil y la nacionalidad. Nada de eso te prohíbe poner tu retrato, pero explica por qué las empresas grandes prefieren no tenerlo.

El caso que de verdad decide: postular a un mercado anglosajón

Cuando tu CV cruza a Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Irlanda o Australia, la foto deja de ser cuestión de estilo y pasa a ser un pasivo. En Estados Unidos rigen el Title VII de la Civil Rights Act de 1964 y la Age Discrimination in Employment Act, que aplica la Equal Employment Opportunity Commission (EEOC). Muchas empresas instruyen a sus reclutadores para no aceptar candidaturas con fotografía, porque tener a la vista raza, edad aparente o sexo antes de decidir complica defenderse ante una reclamación. Tu foto no te hace más cercano: le crea un problema a quien te lee.

En Reino Unido e Irlanda ocurre lo mismo por otra vía. La Equality Act 2010 define nueve características protegidas, entre ellas edad, raza, sexo, religión, discapacidad y orientación sexual, y en Irlanda cumplen ese papel las Employment Equality Acts. El CV británico estándar no lleva foto, ni fecha de nacimiento, ni estado civil, ni nacionalidad, y el Civil Service usa procesos con el nombre oculto en la primera fase.

Alemania es el caso que más ha cambiado. El currículum alemán llevó foto durante décadas, hasta que la Allgemeines Gleichbehandlungsgesetz (AGG), la ley general de igualdad de trato en vigor desde 2006, la volvió jurídicamente incómoda. Hoy es opcional y el organismo federal antidiscriminación recomienda prescindir de ella. En Países Bajos y en los nórdicos casi ha desaparecido. Suiza, en cambio, sigue esperándola: dentro de la misma zona germanohablante la respuesta cambia según el país.

Tip: La foto de LinkedIn es otra cosa y no se toca. En Estados Unidos y Reino Unido se espera que tu perfil tenga fotografía, porque ahí vale igual para todos y está fuera del documento formal de la candidatura. Quitarla "por coherencia" solo consigue que tu perfil parezca abandonado.

Qué le pasa a la foto cuando el CV entra en un sistema de selección

Conviene ser honesto con la parte técnica, porque circula mucha exageración. Un extractor de texto no interpreta imágenes: tu fotografía es un objeto que ignora, y ponerla no hace por sí sola que te descarten. El riesgo está alrededor de la foto. Una plantilla con retrato suele traer cabecera gráfica, y en muchos diseños el nombre, el teléfono y el correo viajan dentro de esa imagen; si están dentro, para el extractor no existen.

Si vas a poner foto, ponla bien

Cuando el mercado la espera, una foto floja hace más daño que no poner ninguna. Los criterios que separan un retrato profesional de un recorte de boda:

Cuándo la foto sí es un requisito legítimo

Hay puestos donde la apariencia forma parte objetiva del trabajo. Ahí no se pega una foto de carnet al CV, se envía el material que el sector espera:

La solución no es elegir bando: son dos archivos

Casi todo el mundo intenta resolver esto con un único CV que funcione en todas partes, y acaba eligiendo mal en la mitad de los casos. Mantener dos versiones cuesta quince minutos una sola vez.

La regla cabe en una línea: si la candidatura se queda en tu mercado hispanohablante, la decisión es tuya; si cruza al inglés o al norte de Europa, quítala, porque allí pasa a ser un dato que a la empresa le estorba tener.

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