Título extranjero sin homologar: cómo ponerlo en el CV
By Mustafa Tarabya, founder of CVBooster · Published · Updated
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Tienes un título de Enfermería de Buenos Aires, una ingeniería de Bogotá o un máster de Casablanca, llevas ocho meses en España y tu expediente sigue "en trámite". Y cada vez que abres el currículum te bloqueas en la misma línea. Si escribes el título tal cual, alguien asumirá que puedes firmar mañana y la conversación se torcerá en la primera llamada. Si escribes "sin homologar", te descalificas antes de que nadie te lea. Y si no escribes nada, te queda un hueco de cuatro años en la formación.
No es un problema de redacción. La mayoría de los artículos sobre esto explican el procedimiento administrativo y se olvidan de lo único que necesitas hoy: qué frase exacta pones en el papel. Este artículo va de eso, y empieza por saber en cuál de los escenarios estás, porque la respuesta cambia por completo entre uno y otro.
Antes de escribir nada: ¿tu profesión está regulada?
Esta es la bifurcación que lo decide todo. En España hay profesiones que solo se pueden ejercer con un título concreto reconocido por el Estado, y hay profesiones que no. Si trabajas en una profesión regulada, tu título sin reconocer no es un matiz de currículum: es un impedimento legal para el puesto, y ocultarlo hace perder tiempo a todo el mundo. Si trabajas en una profesión no regulada, tu título sin reconocer es sobre todo una cuestión de contexto, y el empleador puede contratarte igual mañana.
Profesiones reguladas típicas en España: medicina, enfermería, farmacia, odontología, veterinaria, fisioterapia, psicología general sanitaria, óptica y optometría, podología, logopedia, dietética y nutrición, terapia ocupacional, arquitectura, las ingenierías con atribuciones legales, maestro de Educación Infantil y Primaria, profesor de Secundaria, abogacía y procura. El Real Decreto 889/2022 recoge en su anexo la relación normativa de los títulos que dan acceso a profesión regulada, y esa es la referencia que consultan en la Administración.
Profesiones no reguladas: prácticamente todo lo demás. Marketing, desarrollo de software, finanzas, recursos humanos, comercio internacional, diseño, logística, atención al cliente, gestión de proyectos, análisis de datos. Nadie te va a pedir una credencial del ministerio para trabajar como data analyst. Aquí el título extranjero vale exactamente lo que el empleador decida que vale, y el trabajo del currículum es darle contexto para que lo valore bien.
Tip: Regla rápida: si para ejercer hace falta colegiarse (colegio de enfermería, de médicos, de arquitectos, de abogados), la profesión está regulada y necesitas homologación, no equivalencia. Si nadie te va a pedir número de colegiado, estás en el segundo grupo.
Homologación y equivalencia no son lo mismo, y confundirlas se nota
El procedimiento vigente en España es el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, publicado en el BOE núm. 251 del 19 de octubre de 2022 y en vigor desde el 8 de noviembre de 2022. Sustituyó al régimen anterior y separó con claridad dos cosas que antes la gente mezclaba.
- Homologación (art. 2.b): reconoce que tu formación extranjera equivale a la del título español que se exige para ejercer una profesión regulada. Sus efectos, según el art. 5.1, son los mismos que los del título español en todo el territorio nacional, incluida la posibilidad de ejercer la profesión regulada.
- Declaración de equivalencia (art. 2.c): reconoce el nivel académico de tu título, a nivel de Grado o de Máster universitario, con efectos académicos y administrativos (art. 5.2). No habilita para ejercer profesiones reguladas.
- Convalidación de estudios parciales: es otra cosa distinta. La resuelve cada universidad, no el ministerio, y sirve para que te reconozcan asignaturas dentro de una carrera española.
La consecuencia práctica para el currículum es directa. Si tienes una declaración de equivalencia a nivel de Máster, puedes decir que tu título tiene nivel de máster en España, y es cierto. Lo que no puedes decir es que estás habilitado para ejercer una profesión regulada, porque la equivalencia excluye expresamente esos efectos profesionales. Escribir "título homologado" cuando lo que tienes es una equivalencia es un error que en un proceso sanitario o de ingeniería se detecta en la primera verificación documental.
Quién resuelve, dónde se presenta y cuánto tarda de verdad
Para títulos universitarios, el órgano competente es la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Las dos denominaciones oficiales de los procedimientos, tal y como aparecen en la sede electrónica, son "Homologación de títulos extranjeros de educación superior a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España" y "Declaración de Equivalencia de títulos extranjeros de educación superior a nivel académico de Grado o Máster universitarios oficiales". Ambos están abiertos de forma permanente.
La solicitud se prepara y se presenta a través del portal Valida-TE del ministerio y de la sede electrónica de universidades. Hay una tasa que se abona al iniciar el expediente, exigible conforme a la disposición adicional tercera del RD 889/2022, que remite al artículo 28 de la Ley 53/2002. El artículo 18.3 fija el plazo máximo de resolución en seis meses desde la presentación de la solicitud, y añade que, transcurrido ese plazo sin notificación, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo. Ojo con esta última parte: el silencio no significa que tu expediente se haya cerrado ni que te hayan dicho que no. Significa que la ley te abre la puerta a recurrir si quieres. Los expedientes siguen tramitándose después de los seis meses.
Hay un detalle que casi nadie cuenta y que conviene saber antes de prometer nada en una entrevista: el artículo 19 permite que la resolución no sea un sí o un no, sino un sí condicionado a requisitos formativos complementarios. Pueden consistir en un periodo de prácticas académicas, una prueba de aptitud, o la elaboración de un proyecto o trabajo académico o técnico. Es frecuente en las ingenierías y en algunas titulaciones sanitarias. Si tu carta de presentación dice "estaré habilitado en unos meses" y luego te caen unos requisitos formativos complementarios, quedas mal sin haber mentido.
Tip: Cuando la resolución llega, el documento que acredita la homologación es la credencial, y el de la equivalencia es un certificado (art. 20). Ambos se inscriben en el Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales, en una sección especial. Ese es el nombre correcto del documento que debes citar en el CV, no "el papel del ministerio".
Qué documento tienes realmente mientras esperas
Aquí hay que ser honesto porque circula mucha información obsoleta. El RD 889/2022 no contempla ningún documento provisional que te habilite a ejercer una profesión regulada mientras el expediente se resuelve. No existe un permiso temporal para trabajar de enfermero o de arquitecto colegiado con la solicitud presentada. Lo único que tienes es el justificante de registro de la solicitud y el número de expediente que te devuelve la sede electrónica.
Eso no es poco, pero hay que usarlo con precisión. Sirve para demostrar que el trámite está iniciado y en qué fecha, que es exactamente la duda del reclutador. No sirve para sugerir que ya puedes ejercer. En el currículum se traduce en una fecha, no en un adjetivo. Y para títulos no universitarios, bachillerato o formación profesional, el organismo competente ni siquiera es el mismo: es el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con su propio procedimiento y su propia sede electrónica.
Si vienes de la UE, el EEE o Suiza, no es homologación
Este es el otro error caro. Si obtuviste tu título en otro Estado miembro de la Unión Europea y quieres ejercer una profesión regulada en España, la vía normalmente no es la homologación del RD 889/2022, sino el reconocimiento de cualificaciones profesionales del Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, que incorpora al derecho español la Directiva 2013/55/UE, modificadora de la Directiva 2005/36/CE.
La diferencia práctica es enorme. El reconocimiento de cualificaciones lo resuelve la autoridad competente de cada profesión, no un único ministerio: sanidad para las profesiones sanitarias, educación para las docentes, y así sucesivamente. Y para varias profesiones existe reconocimiento automático basado en condiciones mínimas de formación armonizadas, con plazos muy distintos a los seis meses del procedimiento general. El RD 581/2017 incluso prevé, en su artículo 4.13.b), supuestos en los que un título de un tercer país puede entrar por esta vía cuando su titular acredita tres años de experiencia profesional en el Estado miembro que ya reconoció esa cualificación.
En el currículum esto se refleja nombrando el procedimiento correcto. Un fisioterapeuta italiano que escriba "homologación en trámite" está describiendo mal su propia situación ante un empleador español que conoce el sector.
Cómo escribirlo: profesión no regulada
Aquí la prioridad no es el trámite, es que el nivel del título se entienda. Un reclutador español no sabe si una "Licenciatura en Administración" mexicana de cuatro años equivale a un grado o a un ciclo superior. Dáselo hecho: denominación original, universidad, país, años y, si la tienes, la equivalencia. Lo que no debes hacer es convertir el título a la nomenclatura española por tu cuenta.
- Sin trámite iniciado: "Licenciatura en Administración de Empresas (5 años), Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, 2016-2021. Título extranjero, sin declaración de equivalencia en España."
- Con expediente en trámite: "Ingeniería Industrial (5 años), Universidad de Chile, 2015-2020. Declaración de equivalencia a nivel académico de Grado en trámite ante el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (expediente presentado en marzo de 2026)."
- Con equivalencia ya concedida: "Ingeniería Industrial, Universidad de Chile, 2020. Declaración de equivalencia al nivel académico de Grado, Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, 2026."
- Título de máster: "Máster en Salud Pública, Universidad de São Paulo, Brasil, 2022. Equivalencia al nivel académico de Máster universitario concedida en 2025."
Fíjate en lo que no aparece: ninguna de estas líneas usa la palabra "homologado", ninguna promete nada y ninguna se disculpa. Solo dicen qué tienes y en qué punto está el papeleo. Un empleador de una profesión no regulada leerá eso y seguirá adelante, porque para el puesto no cambia nada.
Cómo escribirlo: profesión regulada con expediente en trámite
Aquí el criterio se invierte. La información sobre el trámite deja de ser un detalle de formación y pasa a ser información operativa que el empleador necesita para planificar. Súbela: ponla también en el resumen profesional de las primeras líneas, no solo enterrada en el apartado de estudios. Un hospital o un estudio de arquitectura necesita saber la fecha estimada, no descubrirla en la entrevista.
- En formación: "Licenciatura en Enfermería, Universidad de Buenos Aires, Argentina, 2018. Homologación al título español de Grado en Enfermería en trámite ante el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, expediente presentado en enero de 2026."
- En el resumen profesional: "Enfermera con 6 años de experiencia en unidades de hospitalización médico-quirúrgica. Título argentino con expediente de homologación presentado en enero de 2026. Disponible de inmediato para funciones no reservadas a profesional colegiado."
- Con requisitos formativos complementarios asignados: "Resolución de homologación condicionada a la superación de una prueba de aptitud (art. 19 RD 889/2022), convocatoria prevista para 2026."
- Vía UE: "Fisioterapeuta, título obtenido en Italia (2019). Reconocimiento de cualificaciones profesionales conforme al RD 581/2017 solicitado en febrero de 2026."
Tip: Si el puesto no exige colegiación, dilo explícitamente. Muchas ofertas sanitarias, técnicas y educativas incluyen funciones auxiliares, de gestión, de formación o de soporte que sí puedes desempeñar hoy. Escribir "disponible para funciones no reservadas a profesional colegiado" convierte un no en un sí parcial, y es la frase que más entrevistas desbloquea.
Cinco errores que hacen que te descarten
- Traducir el título a la nomenclatura española sin reconocimiento. Poner "Grado en Enfermería" cuando tu título dice "Licenciatura en Enfermería" no es una traducción, es una afirmación sobre un reconocimiento que no tienes.
- Usar "homologado" como sinónimo de "reconocido". Si lo que tienes es una declaración de equivalencia, escribe declaración de equivalencia. La diferencia está en el art. 5 del RD 889/2022 y quien revisa la conoce.
- No poner fecha. "En trámite" sin fecha suena a que lo presentaste ayer o a que llevas cuatro años. La fecha de presentación del expediente cambia por completo la lectura.
- Esconderlo hasta la entrevista. En una profesión regulada, el empleador lo va a descubrir en la verificación documental. Descubrirlo en el minuto 40 de una entrevista destruye la confianza que has construido en los 39 anteriores.
- Dar una fecha de resolución como si fuera segura. El plazo legal son seis meses (art. 18.3), pero puede haber requerimientos de documentación, requisitos formativos complementarios o silencio administrativo. Habla de plazo legal, no de promesa.
Qué contar en la carta de presentación
La carta es donde el trámite deja de ser un obstáculo y pasa a ser una prueba de organización. Dos o tres frases bastan: en qué punto está el expediente, qué puedes hacer mientras tanto y qué has resuelto ya por tu cuenta. El NIE, el número de la Seguridad Social, un curso de adaptación a la normativa española, el nivel de idioma acreditado. Todo eso responde a la pregunta silenciosa de quien contrata, que no es "¿está homologado?", sino "¿cuántos problemas me va a dar esta contratación?".
Y una recomendación sobre la experiencia previa: descríbela con los verbos y las competencias del puesto español, no con los nombres de los servicios de tu país. Una "guardia de 24 horas en el servicio de clínica médica" se entiende mejor como "atención continuada en unidad de medicina interna, 24 horas". El título espera resolución; la experiencia no necesita permiso de nadie para contarse bien.
Resumen operativo
- Identifica primero si tu profesión está regulada. Si hay colegio profesional obligatorio, lo está.
- Profesión regulada: necesitas homologación (RD 889/2022) o, si el título es de la UE, reconocimiento de cualificaciones (RD 581/2017).
- Profesión no regulada: te basta con la declaración de equivalencia, y en muchos casos ni siquiera eso.
- Escribe siempre el título en su denominación original, más universidad, país y años.
- Añade el estado del trámite con fecha de presentación. Sin fecha, la frase no informa.
- No prometas fechas de resolución. Cita el plazo legal de seis meses del art. 18.3 si hace falta.
- Si el puesto tiene funciones no reservadas a colegiados, dilo. Es tu vía de entrada.
La homologación es lenta y no depende de ti. Lo que sí depende de ti es que tu currículum diga la verdad de una forma que no te elimine automáticamente. Un título extranjero en trámite, bien explicado, con fecha y con la denominación correcta del procedimiento, transmite lo mismo que transmite cualquier otro dato bien puesto: que sabes en qué situación estás y que la estás gestionando.
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